Funerario
Será cubierto por el fondo funerario:
Requisitos del Fondo Funerario
- El asociado y el trabajador deberán cumplir con los requisitos siguientes:
- No estar moroso en ningún compromiso económico con la Cooperativa.
- Tener dos (2) años de haber ingresado y permanecido activo ininterrumpidamente en la Cooperativa.
- Asociado: tener como mínimo dos (2) productos diferentes que ofrece la cooperativa.
- Se exceptúan los certificados de aportación.
- Se exceptúan los trabajadores de la cooperativa.
- Este beneficio no puede ser cobrado dos veces por el mismo asociado antes de un año calendario, ni tampoco por el mismo fallecido.
- El fondo funerario por fallecimiento de beneficiario solo se le entregará a un asociado (a).
- El fondo funerario por fallecimiento del asociado (a) se entregará según la tarjeta de Designación de Beneficiarios y previa consulta entre los involucrados.
- El beneficio del Fondo Funerario se le pagará al asociado por la muerte de cualquier miembro en primer grado de consanguinidad (padre, madre e hijos) o cónyuge; siempre que cumpla con los requisitos del Artículo 5 de este Reglamento.
- El fondo funerario será utilizado para darles un aporte económico a los asociados que sufran la pérdida física de cónyuges, padres o hijos, o a los beneficiarios por el fallecimiento del asociado y trabajador.
- El valor económico del beneficio funerario será el siguiente:
- Por muerte del asociado y trabajador QUINIENTOS BALBOAS CON 00/100 (500.00).
- Por muerte de cónyuge, padres o hijo, según sea el caso, CIENTO CINCUENTA BALBOAS CON 00/100 (B/.150.00).
- Este fondo se entregará dentro de los noventa (90) días de ocurrida la muerte, después que se haya cumplido con la entrega de los siguientes documentos:
- Copia del Certificado de Defunción. La administración verificará con el original su fiel copia.
- Documentos legales que lo acreditan como participante del fondo; entre estos:
- Copia de cédula del solicitante.
- Copias del acta de matrimonio del solicitante o documento legal que acredite la unión libre.
- Copia de la partida de nacimiento del solicitante.