
Funciones de la Junta de Vigilancia en Prevención de BC/FT
Próximamente en COOPACEH, se van a realizar las reuniones capitulares y en ellas se van a elegir a los delegados de cada capítulo y en la Asamblea de este 2025, algunos de ellos pasarán a ser parte, por elección, de los diferentes cuerpos directivos.
Es importante recordar que los directivos elegidos y los que permanecen en ellos, tenemos responsabilidades y requisitos indispensables para ejercer nuestras funciones que por ley debemos cumplir.
Entre las funciones de la Junta de Vigilancia que señala la Ley 23 del 27 de abril de 2015, en materia de Cumplimiento nos señala que para mejorar las funciones de supervisión y fiscalización:
Esta ley, entre otras disposiciones generales señala las medidas para identificar, evaluar y entender los riesgos y consecuencias del blanqueo de capitales financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Los controles apropiados para su mitigación, con el objeto de proteger la integridad del sistema financiero y de otros sectores de la economía del país.
Esta Ley es el marco regulatorio para que los diferentes organismos de supervisión, así como las entidades, personas naturales y jurídicas sujetas a esta supervisión desarrollen a conciencia lo estipulado en ella.
En cuanto a las responsabilidades de la Junta de Vigilancia en materia de BC/FT/FPADM, tenemos las siguientes: